La JUR dice que no compensará a los afectados del Popular
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La JUR dice que no compensará a los afectados del Popular. La Junta Única de Resolución (JUR) de la eurozona decidió de forma preliminar que no se requiere conceder compensación a los accionistas y acreedores afectados por la resolución del Banco Popular puesto que el último informe sobre la operación revela que éstos hubiesen perdido más en un proceso de insolvencia al uso.
«El informe de valoración 3 llega a la conclusión de que bajo procedimientos normales de insolvencia las pérdidas generales habrían sido sustancialmente mayores que las pérdidas que se realizaron en resolución», dijo hoy en un comunicado la JUR, que publicó tanto la decisión preliminar como la versión no confidencial del informe…
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Los accionistas y tenedores de deuda del Banco Popular han recibido hoy «decepcionados, pero no sorprendidos», la decisión preliminar de la Junta Única de Resolución (JUR) de no compensar a los afectados por la amortización, y apuntan a la vía civil como la más factible para lograr un resarcimiento. Si bien ha habilitado hasta el próximo 14 de septiembre para que los perjudicados puedan remitir su opinión, las plataformas de consumidores y despachos de abogados consultados por Efe desconfían de un cambio de criterio del organismo pues sería «reconocer que no tomó la decisión correcta cuando resolvió el banco».
Según Patricia Suárez, presidenta de Asufin, agrupación personada en la causa penal que instruye la Audiencia Nacional, con este plazo «la JUR está lavando su imagen» aunque «ya sabemos que no devolverá el dinero». Una circunstancia que aboca a los clientes a interponer demandas, tal como suscribe el letrado de Espacio Legal, Marcelino Tamargo.
Para el abogado Felipe Izquierdo, presente en ambas jurisdicciones, no ha habido «ninguna sorpresa» pues el organismo que preside Elke König «no se iba a tirar piedras sobre su propio tejado», si bien critica que «a estas alturas se diga que las cuentas del Popular no estaban maquilladas». Palabras que remiten al criterio de la Fiscalía de Barcelona, la primera en defender la competencia de la justicia nacional en las demandas por la última ampliación de capital de la entidad al valorar que «se proporcionaron datos sobre su estado que no se correspondían con el real».
Pero también de juzgados de Primera Instancia como el de Oviedo, que en marzo anuló una compra de acciones de esta operación dada la «notable diferencia» entre la situación patrimonial y financiera del banco, que condujo a que fuera resuelto el 7 de junio de 2017, y la expresada en el folleto «donde se erigía como el más rentable del mercado español»…
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